Lo que debes saber sobre los cursos de trabajo seguro en espacios confinados

Epp Seguridad y salud en el trabajo
Agosto 22, 2020


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Desde la aparición de la resolución 0491 de 2020 se establecen los requisitos para de los programas de formación en espacios confinados.

 

Programas de formación

NIVEL

DIRIGIDO A

DURACIÓN
HORAS

METODOLOGÍA

SE ACTUALIZA CADA

Administrador del programa gestión para trabajo en espacios confinados

Personas que tomen decisiones administrativas en relación con el trabajo en espacios confinados

8

Presencial, virtual o mixta.

3 años

eTrabajador entrante en espacios confinados

Trabajadores que desarrollan actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo en espacios confinados

16

40% teoría: presencial, virtual o mixta.

60% práctica: presencial

--

para supervisor de trabajo en espacios confinados

Trabajadores encargados de supervisar el desarrollo de las actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo en espacios confinados.

20

40% teoría: presencial, virtual o mixta.

60% práctica: presencial

--

Vigías de Seguridad para Trabajo en Espacios Confinados

rabajadores encargados de verificar condiciones de ingreso y el monitoreo de las operaciones de entrada a espacios confinados

8

40% teoría: presencial, virtual o mixta.

60% práctica: presencial

--

 

Oferta de formación en trabajo en espacios confinados.

Los programas de formación para trabajo en espacios confinados se podrán ofertar por las siguientes instituciones:

El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena); en los centros donde se cuente con ambiente propio para impartir la formación en este tema. Ver anexo técnico.

Los empleadores y/o contratantes o empresas, utilizando el mecanismo de formación de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje (UVAE); esta formación podrá impartirse en los mismos espacios de la empresa.

Instituciones de Educación Superior, Técnicas y Tecnológicas debidamente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional; con programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que cuenten con ambientes propios para el desarrollo de la formación en espacios confinados.

Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano con certificación en sistemas de gestión de la calidad para instituciones de formación para el trabajo.

Cajas de Compensación Familiar con certificación en sistemas de gestión de la calidad.

Proveedores de trabajo seguro en altura, registrados en el Ministerio, que no hayan sido sancionados o colocados en plan de mejora inactivo en el programa de trabajo seguro en alturas.

 

Formación para entrenadores de trabajo seguro en alturas

Podrán formar entrenadores las siguientes instituciones:

 

El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

Las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

Las Cajas de Compensación y las Instituciones de Educación Superior con programas en seguridad y salud para el trabajo o en alguna de sus áreas, debidamente aprobados y reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional con certificación de calidad.

 

Para la obtención del certificado, el aspirante a entrenador en trabajo en espacios confinados debe cumplir previamente con los siguientes requisitos:

Requisitos académicos:

a) Profesional en seguridad y salud en el trabajo o profesional con posgrado en seguridad y salud en el trabajo, o alguna de sus áreas afines.

b) Licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo.

c) Certificado de formación en primeros auxilios, expedido por entidad de formación reconocida por la autoridad competente con una intensidad mínima de 40 horas de formación.

d) Certificado en rescate industrial en espacios confinados.

e) Certificado de formación o competencia laboral en pedagogía de mínimo 40 horas.

Experiencia requerida:

a) Certificación de experiencia comprobada 3 años como entrenador de trabajo en alturas, en oferentes de formación autorizados.

b) Experiencia certificada mínimo de un año relacionada con trabajo en espacios confinados.

c) Un año en actividades relacionadas con seguridad y salud en el trabajo (diseño o ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo).

 

Formación de formador de entrenadores para trabajo en espacios confinados. 

 

El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

Las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

Las Cajas de Compensación y las Instituciones de Educación Superior con programas en seguridad y salud para el trabajo o en alguna de sus áreas, debidamente aprobados y reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional con certificación de calidad.

Para la obtención del certificado, el aspirante a formador de entrenadores de trabajo en espacios confinados debe cumplir previamente con los siguientes requisitos:

a) Profesional en seguridad y salud en el trabajo, profesional con posgrado en seguridad y salud en el trabajo, o alguna de sus áreas afines.

b) Licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo.

c) Certificado como instructor de trabajo en espacios confinados con fecha superior a tres años de expedición.

d) Experiencia certificada desarrollando procesos de formación y entrenamiento mínima de tres años en oferentes de formación y entrenamiento autorizados por el Gobierno nacional.

e) Certificado en rescate industrial en espacios confinados.

f) Certificado de persona autorizada o competente para armado de andamios expedido por una institución aprobada nacional o internacionalmente.

g) Curso de primeros auxilios, con una intensidad mínima de 40 horas de formación.

h) Certificado de formación pedagógica mínima de 120 horas.

i) Certificado como instructor en Trabajo Seguro en Alturas.

 

Los programas de formación estarán basados en la norma de competencia laboral vigente para “Trabajar en espacios confinados de acuerdo con normativa de seguridad y salud en el trabajo

El plazo establecido para implementar estas medidas es de 6 meses contados a partir de la publicación de la resolución 0491 de 2020, la publicación se realizó en el diario oficial el 25 de febrero de 2020.

Los oferentes de formación deberán seguir el procedimiento descrito en la resolución 0491 de 2020.